sábado, 26 de abril de 2008

Ayuntamientos y corrupción

MIENTRAS LOS AYUNTAMIENTOS SE FINANCIEN CON EL URBANISMO, HABRÁ CORRUPCIÓN

I. R. T. VALENCIA.
El fiscal de Medio Ambiente y Urbanismo de Valencia, Joaquín Baños, aseguró ayer que la gestión del suelo por parte de los Ayuntamientos favorece los episodios de corrupción. «El urbanismo es la principal fuente de financiación de los Ayuntamientos, y mientras no deje de serlo, seguirá habiendo episodios de corrupción», explicó Baños. «Cuanto más se construya más recaudan los Consistorios que otorgan las licencias», añadió el representante del Ministerio Público, que ayer coincidió con otros juristas, entre los que figuraba el presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, Edilberto Narbón, en una mesa coloquio celebrada en el Colegio de Abogados de Valencia.
El representante del Ministerio Público lamentó la falta de colaboración de las Administraciones Locales en la persecución de los delitos urbanísticos, aquellos que cometen quienes construyen sin licencia o quienes la conceden en contra del ordenamiento jurídico. A este respecto, precisó que la mayoría de las diligencias que se incoan en Sección de Medio Ambiente de la que es responsable están relacionadas con el urbanismo. «Sólo un porcentaje pequeño son denuncias de Ayuntamientos, a pesar de que tienen la obligación de poner en conocimiento de la Fiscalía cualquier irregularidad cometida por promotores, constructores o particulares, pero muchas veces hacen la vista gorda», explicó.
Dilación en los procedimientos
El presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ, Edilberto Narbón, centró su intervención en denunciar las dificultades que encuentran los tribunales para hacer cumplir las resoluciones que ellos mismos dictan y restituir la normalidad urbanística allí donde se ha visto alterada vulnerando la legalidad.

Ante una denuncia contra un PAI o contra una licencia, lo ideal sería optar por su suspensión, pero la dilación en la resolución de los procedimientos, que puede demorarse hasta siete años si pasan por el TSJ y luego por el Tribunal Supremo, hace que esta solución tajante se adopte en casos excepcionales. Es muy complicado paralizar durante siete años la actividad urbanizadora, salvo que confluyan graves y manifiestas ilegalidades.
La complejidad y duración de estos procedimientos imposibilita, muchas veces, la ejecución de la sentencia porque ésta llega cuando las casas están construidas, vendidas e hipotecadas y la constructora se ha disuelto. La solución, entonces, es declarar inejecutable el fallo o hacer recaer sobre la Administración el peso de la demolición o la indemnización.




Diario ABC Valencia

22/08/2008

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