miércoles, 23 de diciembre de 2009

NCT denuncia carril en Sierra de Camarolos





NCT ha formulado escrito de denuncia por la apertura de un carril de nuevo trazado en la Sierra de Camarolos, dicho escrito ha sido presentado an
te los alcaldes de V. del Rosario, Antequera y la Delegada de la Consejería de Medio Ambiente

XXX, XXX, XXX, todos ellos en representación de la Coordinadora Malagueña Nueva Cultura del Territorio NCT y con domicilio a social en C/ Ivan Pavlov Bloq. 3 bajo A - Parque Tecnológico de Andalucía. 29590 Málaga, como mejor proceda nos dirigimos a usted y le exponemos:


HECHOS

PRIMERO.-
Que en la cara norte de la Sierra de Camarolos entre los términos municipales de Antequera y Villanueva del Rosario, se ha construido un nuevo carril que transcurre en dirección Este – Oeste a una altitud entre los 1000 y 1500 metros sobre el nivel del mar.

SEGUNDO.-
El carril ha sido realizado con escavadoras de cadenas, en fechas muy recientes, pues todavía es apreciable sobre el terreno las marcas de la maquinaria pesada.

TERCERO.-
El mencionado carril tiene unos 3 km. de largo y una anchura de entre 6 y 9 metros a todo lo largo del recorrido, unido a la altitud por donde discurre ha provocado un impacto brutal sobre el macizo, en una zona que debería ser de la máxima protección.

CUARTO.-
El carril discurre desde las cercanías del lugar denominado HONDONERO, punto geográfico (X=380104; Y=4093035) hasta la FUENTE DEL ENEBRAL punto geográfico (X=377541 ; Y=4092672), la mayor parte del carril discurre por el municipio de Antequera y la parte oriental sobre terrenos del municipio de Villanueva del Rosario

QUINTO.-
Como ya hemos referido el carril tiene un impacto brutal sobre un espacio muy sensible, por la altitud por do
nde discurre y no comunica ningún terreno de cultivo ni zona habitada.

La zona que ha abierto está cubierta de una importante vegetación mediterranea de gran importancia por la asociación de los quejigos (Quercus faginea) con encinas (Quercus ilex, subsp. rotundifolia), acompañados de arces (Acer Granatensis) y majuelos (Crataegus monogyna), muchos de ellos arrancados para dejar paso al carril, aun pueden verse restos de algunos, como se observan en las fotos que aportamos.

FUNDAMEN
TOS JURÍDICOS

I
La ley 30/92 de 26 de noviembre, del Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en cuanto a la consideración de parte y interesados, obligación de denunciar y poner en conocimiento de la administración, y procedimiento sancionador con carácter subsidiario,


II
La Sierra de Camarolos ha sido declarada L.I.C. formando parte de la Lista de la Red Natura 2000, con el código ES6170012, esta protegida por el PEPMF – PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN DEL MEDIO FISICO DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA, con la consideración de COMPLEJO SERRANO, y la Directiva 79/409/CEE, la 92/43/CEE.

III
La Ley de Gestión Integrada de Calidad Ambiental de Andalucía Ley 7/2007, de 9 de julio, recoge en la categoría 13.7. puntos a y c, del Anexo I “Transformaciones de uso del suelo que impliquen eliminación de la cubierta vegetal” “Los caminos de nuevo trazado” la obligatoriedad de someterlo al procedimiento de Autorización Ambiental Unificada.


IV
Las actuaciones que suponen afecciones a especie silvestres están sometidas a autorización previa de la administración ambiental, tal como recoge la Ley 4/89 de conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, y su concordante autonómica.

El caso que nos ocupa es paradigmático, ya que el carril abierto discurre por una zona con un rico bosque mediterráneo con distintas asociaciones: brezales y aulagas, enebrales, fresnos, robledales, galerías de sauces y olmos, tarajes y coscojas por lo que es un espacio habitado por especies singulares de fauna silvestre y flora, como es el caso de la Atropa baetica, una rara solanácea, figura de Calidad para este espacio en la Directiva 94/43/CEE.

Por todo ello SOLICITAMOS que
admita a tramite esta denuncia con el material fotográfico que aportamos en CD adjunto y abra un expediente administrativo que investigue los hechos aquí denunciados, pidiendo informe a la guardería de la zona o al Seprona, identificando a los infractores y a los propietarios de las fincas por donde discurre el camino, teniendo a los aquí firmantes como parte en los expedientes que se abran, dándole traslado como señala la L.O. 16/2007 B.O.E Art.78 de Responsabilidad Medioambiental y Ley 42/07 del Patrimonio Natural y la Bodiversidad y la 2/1989 del Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía (BOJA 60/89) de cuantas actuaciones se acuerden, consideración de ser parte que aquí pedimos, y de no estar autorizada la actuación que denunciamos se abra el correspondiente expediente sancionador y la restauración de la zona con cargo a los infractores que también interesamos desde este momento.


En Málaga a 20 de diciembre de 2009

DELEGACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE
Edificio Eurocom C/ Mauricio Moro Pareto, bloque Sur. 3ª y 4ª planta 29071 Málaga

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